RETA: Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: qué es y cómo funciona
Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos: qué es y cómo funciona
Hoy
te explicamos qué es el RETA y cómo funciona
El Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos es aquel en el que tienes que estar dado de alta para
trabajar por cuenta propia y cotizar a efectos de la Seguridad Social, es
decir, para hacerlo
de forma legal.
Como ya comentamos estar dado
de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es compatible con
trabajar por cuenta ajena, es decir, que puedes trabajar a la vez autónomo y asalariado si cotizas de las dos maneras.
¿Qué
es el RETA?
Como ya hemos dicho es el
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que regula la cotización a la
Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia y mayores de 18 años en
España. Es básicamente tu alta en la Seguridad Social si quieres trabajar
como autónomo, es decir, trabajar por cuenta propia.
Darte de alta en el Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos es uno de los pasos que debes realizar para
efectuar tu alta como autónomo. Sigue leyendo que te contamos cómo
hacerlo.
¿A
quién se aplica?
Dentro de este régimen se
entiende que los trabajadores por cuenta propia o autónomos somos todos
aquellos que realizamos de forma habitual, personal y directa una actividad
económica sin tener un contrato de trabajo ligado a ninguna empresa,
sino que ofrecemos servicios. Además, ten en cuenta que siendo autónomo
podremos tener a personal contratado o ser titular de una empresa individual o
familiar.
No hay que olvidar que también
se incluyen:
- Cónyuges
o parientes hasta
tercer grado del autónomo que, de forma habitual, personal y directa,
colaboren con nosotros a través de la realización de trabajos en su
actividad, siempre y cuando no estén contratados como asalariados.
- Los
socios de las compañías colectivas (socios
con responsabilidad ilimitada) o
sociedades comanditarias (conviven
socios con responsabilidad ilimitada y otros con sociedad limitada) que
trabajan en el negocio de forma habitual, personal y directa.
¿Cómo
se realiza el alta?
Este trámite es lo que se llama
“Afiliación en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social” y
se realiza a través del modelo
tributario TA521. Existen diferentes versiones del modelo
TA.0521 dependiendo del tipo de actividad que lleguemos a realizar como trabajadores
por cuenta propia. Recuerda que si eres un profesional colegiado debes llevar
el certificado del colegio correspondiente.
Como en la mayoría de los
trámites de la Seguridad Social, puedes realizarlo yendo personalmente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la
Seguridad Social que te toque por zona o , si dispones de
alguno de los certificados electrónicos,
hacerlo de forma online.
Recuerda que tienes un plazo de
30 días naturales para presentar este modelo desde el momento que hayas presentado
el modelo 036 en Hacienda que es el modelo tributario de alta censal del autónomo.
Si quieres trabajar como
autónomo, también tendrás que darte de alta en Hacienda y seguir otros pasos: aquí tienes como darte de alta como autónomo, paso a
paso.
¿Qué cuota debo pagar en el RETA?
Para saber cuánto tienes que
pagar a la Seguridad Social por estar dado de alta en este Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos, debes tener en cuenta tu base de
cotización. La base de cotización es el sueldo que, en teoría, tú mismo
te aplicas y debe estar entre el mínimo y máximo que fija cada año el gobierno.
Eres tú, como trabajador autónomo, quién debe escoger la base de
cotización por la que vas a cotizar que debe estar entre el mínimo fijado este
2016 que son 893,10 euros mensuales y el máximo que se sitúa en
3.642,00 euros mensuales.
Si eres autónomo tendrás que
gestionar tú mismo tu actividad, facturación, gastos y demás obligaciones
fiscales ¿Se te hacen cuesta arriba? Quipu es
la solución porque te permite automatizar muchas de tus tareas diarias,
crear facturas recurrentes que se crean automáticamente cada mes, rellenar los
modelos tributarios con solo un click o sincronizar tu cuenta bancaria con tus
gastos e ingresos para que no se te pase nada ¡Pídenos la prueba gratuita!
Comentarios
Publicar un comentario